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INFORMACION DE CONTRATACION ACCEL MOVIL PROTECT

 

Preguntas frecuentes Accel Movil Protect

 

       

¿Qué cubre mi seguro y cómo funciona?

  • cubre cualquier daño accidental sufrido por el terminal asegurado, daños causados cualquier líquido al terminal, el robo y hurto del terminal asegurado

En el caso de daño accidental, nosotros nos encargamos de repararlo. En el caso de robo o hurto, te entregamos un terminal igual o similar al que tenías.

¿Qué no cubre el seguro?

  • Los accesorios del dispositivo.
  • Los arañazos y el desgaste normal del dispositivo.
  • Daños eléctricos o mecánicos.
  • Los gastos que puedan producirse por la pérdida de datos o archivos del dispositivo.
  • Daños, defectos y vicios ya existentes al contratar el seguro.
  • Cualquier siniestro por guerra, terrorismo, participación en conflictos armados o riesgos nucleares.
  • Daños causados intencionadamente o por una conducta negligente.
  • Si asumes riesgos con tu dispositivo conscientemente, es posible que rechacemos su siniestro. A continuación, se recogen algunos ejemplos de los casos en que consideramos que has podido asumir riesgos con tu dispositivo:
    o En una cafetería, bar o pub, si dejas tu dispositivo encima de la mesa cuando vas al baño o a la barra, en lugar de llevarte el dispositivo contigo
    o En un gimnasio, si dejas tu dispositivo en un banco de los vestuarios, en lugar de dejarlo en tu taquilla o llevarte el dispositivo contigo

¿Qué tipo de equipos puedo asegurar?

Puedes asegurar cualquier teléfono o Tablet, sin límite de antigüedad o importe de compra, siempre que tengas una factura de compra a tu nombre, un contrato de compraventa o cualquier documento que acredite cuando compraste el teléfono, cuanto te costó y que el teléfono es tuyo.

¿Puedo asegurar un teléfono que me ha dado gratis mi compañía telefónica con cargo a algún programa de puntos?

SI, puedes asegurarlo. Debes tener el albarán que te entregó tu compañía telefónica, y aseguraremos tu teléfono por el valor de mercado del terminal.

¿Puedo asegurar un móvil libre?

SI, puedes asegurar tanto móviles libres como móviles subvencionados incluyendo un terminal que te haya podido regalar la compañía, siempre que tengas el albarán de entrega.

¿La factura debe estar a mi nombre? ¿Qué pasa si no tengo factura de compra?

SI, la factura o documento que acredite el propietario del seguro debe estar a nombre de la misma persona que contrate el seguro.
Si no tienes factura de compra, podemos asegurar un terminal siempre que dispongas de un albarán de entrega, un contrato de compraventa o en general cualquier documento que acredite que tú eres el propietario del teléfono y la fecha en que adquiriste el terminal, identificándose en dicho documento la marca, modelo e IMEI del terminal.

¿Cómo pago mi seguro?

Hayas elegido la modalidad de pago anual o mensual, te solicitaremos una tarjeta de débito o crédito para realizar el pago de los recibos de tu seguro. En el momento de contratación, te cobraremos el primer recibo mensual o bien el recibo del primer año.

En caso de que elijas la modalidad de pago mensual, cargaremos todos los meses el importe del recibo mensual el mismo día que contrataste el seguro. Si deseas cambiar el día de cobro dentro de cada mes, puedes solicitárnoslo sin problema alguno.

¿El seguro tiene alguna carencia, desde cuándo tendría cobertura? Si al día siguiente de contratar tengo un siniestro, ¿Me lo cubren? ¿Tengo que pagar algo en caso de siniestro? ¿El seguro tiene franquicia?

Nuestro seguro no tiene ningún tipo de carencia o periodo durante el cual tu terminal no está asegurado. Si al día siguiente de contratar se te cae el móvil y se rompe, tendría plena cobertura y te lo repararíamos. Eso sí, siempre que verifiquemos el adecuado estado de tu dispositivo a través de la APP de tuseguromovil.com que te podrás descargar al recibir nuestro email de confirmación de alta.

En caso de siniestro, no tendrás que pagar ninguna cantidad en concepto de franquicia. Si has elegido una forma de pago mensual, deberás eso sí abonar el resto de la prima anual pendiente de pago. ¿Por qué tienes que abonar el resto de la prima anual? Porque imagínate la picaresca, nosotros asumimos por ejemplo una reparación de 100 euros durante el primer mes del seguro, y luego un cliente nos deja de pagar los recibos mensuales…

¿Cuánto dura mi contrato?

El seguro tiene una duración de 12 meses, prorrogándose por periodos de 12 meses salvo que el cliente nos comunique que no desea renovar el seguro.

¿Hay algún límite de siniestros?

Te aseguramos hasta un máximo de dos siniestros al año, uno de daños (rotura de pantalla, cualquier daño material o daños por agua)y otro de robo/hurto.

CONDICIONES DE CONTRATACION

El precio del seguro que figura tanto en el proceso de cotización como en el proceso de contratación está 100% garantizado.

Todas las pólizas de seguros que el usuario pueda contratar directamente desde nuestra web o a través de nuestro servicio telefónico, se rigen por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y por lo dispuesto en la propia póliza tanto en su Condicionado General como Particular.

Sin perjuicio de la información previa a la contratación que se le facilitará al usuario tanto de las Condiciones Generales como de las Particulares, todos los detalles de cobertura y exclusiones irán contenidos junto con la documentación de póliza que con posterioridad a su contratación recibirá en la dirección que nos haya facilitado, debiendo revisar la misma y notificar cualquier error o incidencia que pudiese detectar.

Legislación Aplicable– Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro y su normativa de desarrollo.– Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.– R.D. 03-2020 de Trasposición de la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros– Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación (BOE de 14).– Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (BOE de 23).– Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras (BOE de 24).– Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE de 12).– Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE de 30) (corrección de errores BOE de 13 de febrero de 2008).– Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago (BOE de 14).– Real Decreto 712/2010, de 28 de mayo, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago.– Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago (BOE de 18).– Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (BOE de 22).

Contratación de pólizas: Las condiciones de la Póliza objeto de la oferta serán presentadas a través de la presente web, pudiendo recibir un asesoramiento telefónico si así lo solicita. Dicha información suministrada relativa a los productos a contratar será válida por el plazo que se indique en cada caso, y si no se indica nada, mientras esté disponible a través del canal de contratación. El usuario debe tener en cuenta que la información puede no incluir la totalidad de las condiciones del contrato y pueden estar sujeta a interpretación, por lo que deberá revisar todos los detalles de cobertura y exclusiones contenidos en la documentación de la póliza que usted recibirá con posterioridad a su contratación y prevalecerán sobre lo anterior. Para cualquier error o incidencia, le rogamos que se ponga en contacto con nosotros en el email: soporte@accelmovil.es .Para recibir una oferta final de póliza de seguro, realizada en base a un asesoramiento objetivo previo, el usuario deberá cumplimentar los cuestionarios que aparezcan en pantalla en cada momento, en los que se le solicitarán datos necesarios para la tarificación y para la facturación. Los precios y condiciones de los contratos de seguro presentados con carácter previo a la contratación pueden estar sujetos a posibles alteraciones y variaciones. El usuario deberá confirmar los mismos en el momento de la contratación del seguro. Las compañías de seguros pueden variar finalmente en el contrato sus tarifas y condiciones en caso de detectar divergencias entre la información contenida en los cuestionarios y su propia información relativa al riesgo a asegurar. Por ello, el usuario asume que es responsable de la veracidad de las respuestas que debe indicar en los cuestionarios presentados, y que sirven de base para la aceptación del riesgo, el cálculo de la prima final y la contratación de la póliza que ha seleccionado. Dicha información facilitada por el usuario deberá ser completa, veraz y actualizada no sólo en el momento de contratación de la póliza, sino a lo largo de la vida de la póliza, puesto que en caso contrario podrá invalidar su seguro pudiendo quedar sin cobrar todo o parte de las indemnizaciones por siniestro. La presente web emplea medios de aceptación telemáticos que implican el consentimiento expreso del usuario para la aceptación de ofertas, condiciones contractuales, avisos legales y celebración de contratos. El usuario acepta la plena validez de las transacciones firmadas utilizando ese sistema, equiparando su validez a todos los efectos a las transacciones celebradas mediante firma manuscrita o firma electrónica. En este sentido y con respecto a la contratación del seguro, el usuario que proceda a “contratar” la póliza correspondiente acepta y queda expresamente informado del contenido íntegro y las cláusulas limitativas de los derechos del Asegurado que se recogen en las Condiciones Generales del producto que ha seleccionado y que le ha sido mostrado anteriormente, quedando por tanto vinculado contractualmente. Aceptada la solicitud de seguro por la Entidad Aseguradora, le será remitida la documentación contractual correspondiente. El contrato se encontraría perfeccionado una vez disponga de la conformidad en la contratación y para la fecha indicada en la misma, estando ésta comprendida entre el día de hoy y un máximo de un mes posterior. La validez de la contratación estará vinculada al pago de la prima y al envío por su parte de las Condiciones de contratación firmadas.

Medios de pago: La forma de pago será la señalada como posible dentro de la parrilla de precios, pudiendo ser anual o mensual según el caso. El sistema de pago previsto será el adeudo en tarjeta de crédito. En caso de que se denegara el pago, el contrato de seguro quedará automáticamente resuelto, informándose al usuario de dicha resolución mediante comunicación fehaciente. La falta de pago de la prima conllevará la inmediata liberación del asegurador de su obligación de responder ante cualquier tipo de siniestro.

Derecho de desistimiento: Se reconoce a los tomadores el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna siempre que la voluntad de desistir se comunique a ACCEL MOVIL PROTECT en un plazo de 14 días naturales, a contar desde que se notifique al tomador que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese posterior. No obstante, cuando el tomador ejerza el derecho de desistimiento deberá pagar la parte de prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor (los días transcurridos desde la perfección del contrato hasta la fecha en que se notifica el desistimiento). Este derecho no es aplicable en ningún caso al seguro obligatorio de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el art.10 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

Actualización de las condiciones de contratación: ACCEL MOVIL ESPAÑA se reserva el derecho de modificar las presentes condiciones de contratación o, en su caso, aquellas que se refieran específicamente a un producto concreto, cuando sea necesario a los efectos de adecuarse a los cambios legislativos, de negocio y/o tecnológicos. Los textos actualizados serán válidos y surtirán efecto desde su publicación en la Web. Por tanto, su vigencia temporal coincide con el tiempo durante el cual permanecen accesibles y hasta que sean modificadas total o parcialmente, momento en el cual pasarán a tener vigencia los textos actualizados. ACCEL MOVIL ESPAÑA revisará, y en su caso actualizará, las condiciones de contratación con frecuencia trimestral.

Jurisdicción: Para la resolución de todas las controversias o cuestiones relacionadas con el uso o acceso del presente sitio Web o con las actividades en él desarrolladas, incluidas las derivadas de la adquisición de bienes o servicios, será de aplicación la legislación española, a la que se someten expresamente las partes, sometiéndose cualquier discrepancia, cuestión o reclamación resultante de la ejecución o interpretación de las presentes condiciones a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de MADRID, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o demarcación jurisdiccional que pudiera resultar competente. Lo anterior no será de aplicación en el caso de que el Usuario tenga la condición de consumidor, en cuyo caso será de aplicación el lugar del domicilio de este último.

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